La organización generaba y comercializaba facturas apócrifas. De acuerdo a la investigación de la AFIP, entre 2015 y 2018 emitieron facturas por más de 2 mil millones de pesos.

Los jueces Roberto Naciff y Pablo Salinas resolvieron condenar a todos los implicados a penas que van hasta los 6 años de cárcel. Uno de ellos es el piloto de carreras, Ariel Balmaceda.
Los fiscales generales subrogantes, Mónica Spagnuolo y Cristian Rachid habían pedido penas de hasta 8 años explicando que la finalidad criminal de la organización, a través de la generación y comercialización de facturas apócrifas mediante múltiples, sistemáticas, habituales y permanentes tareas ilícitas entre 2014 y 2018 a través de 65 “usinas”.
Las usinas vinculadas con la asociación emitieron facturas apócrifas en el lapso comprendido entre enero de 2015 y septiembre de 2018 por una cifra superior a los 2 mil millones de pesos ($2.181.745.623,21), con un IVA discriminado de $372.586.707,74 (e incluido en los Libros IVA de los usuarios por un total de $ 326.122.640,49), que sería el perjuicio fiscal estimado en concepto de IVA.
Por su parte se estimó un perjuicio en relación al impuesto a las Ganancias por $630.552.053,91. El perjuicio estimado por la evasión de ambos impuestos es de poco más de mil millones de pesos ($1.003.138.761,66).
Las condenas:
- Ariel Balmaceda: seis años de prisión y una multa de $90 mil por considerarlo coautor penalmente responsable en carácter de jefe y organizador.
- Lucas Baldez: tres años y seis meses de prisión por ser considerado integrante de la asociación.
- Flavio Rubén Cabrera: tres años y seis meses de prisión en carácter de integrante.
- Yamila Lorena Ochoa: tres años de prisión en suspenso en carácter de integrante. Se declaró en este caso la inconstitucionalidad del mínimo de la pena establecido para ese delito, imponiéndosele la obligación, por el mismo plazo de la condena, de fijar residencia y someterse al control del Instituto Provincial de Reinserción Social.
- Romina Alejandra Fernández: tres años de prisión en suspenso y una multa de $50 mil. Se declaró en este caso la inconstitucionalidad del mínimo de la pena establecido para ese delito, imponiéndosele la obligación, por el mismo plazo de la condena, de fijar residencia y someterse al control del Instituto Provincial de Reinserción Social.
- María Rosa Lucero: tres años de prisión en suspenso y una multa de $45 mil en carácter de integrante. Se declaró en este caso la inconstitucionalidad del mínimo de la pena establecido para ese delito, imponiéndosele la obligación, por el mismo plazo de la condena, de fijar residencia y someterse al control del Instituto Provincial de Reinserción Social.
- Natalia Verónica Balmaceda: tres años de prisión en suspenso y una multa de $45 mil en carácter de integrante. Se declaró en este caso la inconstitucionalidad del mínimo de la pena establecido para ese delito, imponiéndosele la obligación, por el mismo plazo de la condena, de fijar residencia y someterse al control del Instituto Provincial de Reinserción Social.
- Oscar Muñoz Oviedo: tres años de prisión en suspenso y una multa de $45 mil en carácter de integrante.
- Lorena María Ramírez: tres años de prisión en suspenso y una multa de $45 mil en carácter de integrante. Se declaró en este caso la inconstitucionalidad del mínimo de la pena establecido para ese delito, imponiéndosele la obligación, por el mismo plazo de la condena, de fijar residencia y someterse al control del Instituto Provincial de Reinserción Social.
- María Laura Limina: tres años de prisión en suspenso y una multa de $45 mil en carácter de integrante. Se declaró en este caso la inconstitucionalidad del mínimo de la pena establecido para ese delito, imponiéndosele la obligación, por el mismo plazo de la condena, de fijar residencia y someterse al control del Instituto Provincial de Reinserción Social.
- Raúl Gonzalo Saá: tres años y seis meses de prisión y una multa de $50 mil en carácter de integrante.
- Diego Martín Ho: tres años de prisión en suspenso y una multa de $45 mil en carácter de integrante. Se declaró en este caso la inconstitucionalidad del mínimo de la pena establecido para ese delito, imponiéndosele la obligación, por el mismo plazo de la condena, de fijar residencia y someterse al control del Instituto Provincial de Reinserción Social.
- Juan Cruz Borra: tres años y seis meses de prisión y una multa de $60 mil en carácter de integrante.
- Cristian Alberto Giuliano: tres años y seis meses de prisión en suspenso y una multa de $50 mil por considerarlo partícipe necesario.
- Oscar Alberto Giuliano: tres años y seis meses de prisión en suspenso y una multa de $60 mil por considerarlo partícipe necesario.
- Enrique Hannah Abdallah: tres años y seis meses de prisión en suspenso y una multa de $60 mil por considerarlo partícipe necesario.
- Fernando Manuel Iglesias: tres años de prisión en suspenso y una multa de $50 mil por considerarlo partícipe necesario. Se declaró en este caso la inconstitucionalidad del mínimo de la pena establecido para ese delito, imponiéndosele la obligación, por el mismo plazo de la condena, de fijar residencia y someterse al control del Instituto Provincial de Reinserción Social.
- Jorge Abel Pereira: tres años de prisión en suspenso y una multa de $50 mil por considerarlo partícipe secundario. Con la obligatoriedad por el mismo plazo de la condena, de fijar residencia y someterse al control del Instituto Provincial de Reinserción Social.
- José Ariel Rosa: tres años de prisión en suspenso y una multa de $60 mil por considerarlo partícipe secundario. Con la obligatoriedad por el mismo plazo de la condena, de fijar residencia y someterse al control del Instituto Provincial de Reinserción Social.
- Daniel Víctor Escalante: tres años de prisión en suspenso y una multa de $50 mil por considerarlo partícipe secundario. Con la obligatoriedad por el mismo plazo de la condena, de fijar residencia y someterse al control del Instituto Provincial de Reinserción Social.
- Marcos Andrés Naldini: tres años de prisión en suspenso y una multa de $50 mil por considerarlo partícipe secundario. Con la obligatoriedad por el mismo plazo de la condena, de fijar residencia y someterse al control de la Dirección de Promoción del Liberado de la Provincia de Mendoza.
- Pablo Nicolás Mauri: tres años de prisión en suspenso y una multa de $50 mil por considerarlo partícipe secundario. Con la obligatoriedad por el mismo plazo de la condena, de fijar residencia y someterse al control del Patronato de Liberados que corresponda según su domicilio.
- Norberto Royón Blanco: tres años de prisión en suspenso y una multa de $50 mil por considerarlo partícipe secundario. Con la obligatoriedad por el mismo plazo de la condena, de fijar residencia y someterse al control del Patronato de Liberados que corresponda según su domicilio.
- Diego Eduardo Munudri: tres años de prisión en suspenso y una multa de $55 mil por considerarlo partícipe secundario. Con la obligatoriedad por el mismo plazo de la condena, de fijar residencia y someterse al control del Patronato de Liberados que corresponda según su domicilio.
- Julio Darío Rolandi: tres años de prisión en suspenso y una multa de $50 mil por considerarlo partícipe secundario. Con la obligatoriedad por el mismo plazo de la condena, de fijar residencia y someterse al control del Patronato de Liberados que corresponda según su domicilio.
Decomiso de bienes
la Justicia ordenó los siguientes decomisos de bienes “de propiedad de Romina Alejandra FERNÁNDEZ hasta cubrir la suma de $1.116.295; de bienes de propiedad María Rosa LUCERO hasta cubrir la suma de $330.862; de bienes de propiedad de Natalia Verónica BALMACEDA y Oscar Gabriel MUÑOZ OVIEDO hasta cubrir la suma total de $365.006; de bienes de propiedad de Lorena María RAMÍREZ hasta cubrir la suma de $79.058; de bienes de propiedad de Raúl Gonzalo SAÁ hasta cubrir la suma de $491.356; de bienes de propiedad Diego Martín HO hasta cubrir la suma de $220.123; de bienes de propiedad de Juan Cruz BORRA hasta cubrir la suma de $635.330; de bienes de propiedad de Cristian Alberto GIULIANO hasta cubrir la suma de $1.285.072; de bienes de propiedad de Oscar Alberto GIULIANO hasta cubrir la suma de $4.220.083; de bienes de propiedad de Enrique Hanna ABDALLAH hasta cubrir la suma de $3.729.256; de bienes de propiedad de Jorge Abel PEREIRA hasta cubrir la suma de $220.000; de bienes de propiedad de José Ariel SOSA hasta cubrir la suma de $1.331.919; de bienes de propiedad de Daniel Víctor ESCALANTE hasta cubrir la suma de $379.180; de bienes de propiedad de Marcos Andrés NALDINI hasta cubrir la suma de $673.000; de bienes de propiedad de Pablo Nicolás MAURI hasta cubrir la suma de $120.563; de bienes de propiedad de Norberto Emilio ROYÓN BLANCO hasta cubrir la suma de $116.000; de bienes de propiedad de Diego Eduardo MINUDRI hasta cubrir la suma de $1.850.090; de bienes de propiedad de Fernando Manuel IGLESIAS hasta cubrir la suma de $3.075.162; de bienes de propiedad Julián Darío ROLANDI hasta cubrir la suma de $649.659; en tanto constituyen el provecho o producto del delito (art. 23 del C.P.) y siempre que no se afecten mejores derechos de terceras personas”.