La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó cambios en el régimen especial de ingreso del IVA para ventas de bienes, locaciones y servicios realizadas mediante plataformas digitales. La medida quedó establecida a través de la Resolución General 5794/2025, a la cual tuvo acceso Postdata.
La actualización ajusta la Resolución General 5319 y busca precisar el alcance de los sujetos involucrados, además de ordenar los criterios para la determinación del impuesto por parte de intermediarios y proveedores que operan en entornos digitales.
El régimen abarca todas las transacciones concertadas por medios electrónicos en plataformas que facilitan oferta, publicidad o intermediación. ARCA recordó que quienes actúan como agentes de percepción o ingreso del impuesto deberán cumplir con los procedimientos de declaración establecidos en los sistemas fiscales habilitados.
Asimismo, los sujetos alcanzados deberán registrar las operaciones en los sistemas informáticos del organismo para garantizar trazabilidad y correcto cumplimiento de sus obligaciones. Las plataformas digitales, por su parte, deberán aplicar los mecanismos de ingreso previstos para asegurar la recaudación del IVA.
Los parámetros técnicos, valores y condiciones del régimen figuran en el anexo publicado en la edición web del Boletín Oficial.
ARCA señaló que esta actualización forma parte del proceso de adecuación normativa iniciado en períodos anteriores y tiene como objetivo reorganizar los regímenes de percepción tributaria vinculados a la intermediación digital.
